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    AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2012-RCA

    Fecha: 22-Nov-2012

    Fragmento 6

            Conforme prevé el art. 128 de la CPE: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedente
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • II.2.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Si se cumpliese lo establecido en el art. 53 del referido Procedimiento
    • II.3.1. En cuanto a las causales de improcedencia regladas en el art. 53 del CPCo
    • II.3.2.
    • d)
    • g)

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