AUTO CONSTITUCIONAL 0854/2012-CA
Fecha: 14-Nov-2012
rechazó
Por la Resolución 225/2012 de 7 de septiembre, cursante a fs. 24 y vta., la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, rechazó el recurso incidental de inconstitucionalidad, bajo el fundamento que la recurrente incumplió el “…art. 60 num. 2)…”(sic) de la LTC, refiriéndose al numeral 3 de la citada norma, estableciendo que fue insuficiente el cuestionamiento de la inconstitucionalidad de las disposiciones observadas, porque las mismas no serán aplicadas a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial, agregando que, el argumento es además endeble “…por cuanto intenta promover una tercería siendo que en el documento base de la ejecución, ésta interviene en la misma calidad de cónyuge,…”(sic).
- Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- Todas las causas ingresadas ante los Jueces y Tribunales de garantías hasta el 5 de agosto de 2012 al Tribunal Constitucional Plurinacional,
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso
- Fragmento 7
- II.4. Análisis del caso en consulta
- APROBAR