AUTO CONSTITUCIONAL 0857/2012-CA
Fecha: 16-Nov-2012
rechazó
Por Resolución 62/10 de 14 de julio de 2010, cursante de fs. 9 a 11, el Tribunal Tercero de Sentencia Penal de la ciudad de Santa Cruz, rechazó el recurso incidental de inconstitucionalidad, bajo el fundamento que, el recurrente mencionó vulneraciones de actos desarrollados durante la tramitación anterior al inicio del juicio oral, el cual recién se desarrollara en contra del incidentista, denuncias que deberán ser presentadas por éste y resueltas conforme lo dispone el art. 345 del CPP, por lo que el recurrente se limitó a mencionar las normas impugnadas sin realizar una fundamentación de la vulneración de cada uno de los artículos con relación a los preceptos de la Constitución Política del Estado, inobservando lo dispuesto en el art. 60 de la LTC.
- Tribunal Tercero de Sentencia Penal de la ciudad de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- Todas las causas ingresadas ante los Jueces y Tribunales de garantías hasta el 5 de agosto de 2012 al Tribunal Constitucional Plurinacional,
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso
- Fragmento 7
- a)
- II.4. Análisis del caso en consulta
- APROBAR