AUTO CONSTITUCIONAL 0871/2012-CA
Fecha: 27-Nov-2012
II.3. Análisis del caso en consulta
De la revisión de antecedentes, se evidencia que la accionante identificó los preceptos constitucionales presuntamente vulnerados, pero no expresó de forma clara ni precisa si es todo el contenido o algunas disposiciones del Reglamento de la Carrera Administrativa del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, acusa de inconstitucionales; de igual modo, la formulación de los motivos de la presente acción no promueve duda razonable sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada con relación al texto constitucional, al no establecer el nexo causal existente entre las disposiciones o la totalidad del contenido del Reglamento de la Carrera Administrativa del ya mencionado Gobierno Municipal (95 artículos y Disposiciones Finales y Transitorias), con cada una de las disposiciones constitucionales consideradas lesionadas, como son los arts. 13, 14.V, 115.II y 120.I de la CPE, inobservando de esta manera lo determinado en el art. 24.4 del citado Código.
- Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad concreta
- I.
- Fragmento 6
- b) La mención de la disposición legal cuya constitucionalidad se cuestiona
- II.3. Análisis del caso en consulta
- RATIFICAR