El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2476/2012 de 28 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2476/2012 de 28 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.

Fecha: 28-Nov-2012

Fragmento 10

         En el caso en análisis, ante el despido injustificado de la empresa en la que trabajaba el representado del accionante, se lesionaron los derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la salud y a la seguridad social, por lo cual la Dirección Departamental del Trabajo Empleo y Previsión Social, resolvió conminar a la empresa cinematográfica “Monje Campero” S.R.L. se reincorpore inmediatamente a su fuente laboral a Guido Lazo Silva, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales; sin embargo, dicha determinación no fue cumplida por el empleador.