El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2476/2012 de 28 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 2476/2012 de 28 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.

Fecha: 28-Nov-2012

sin ningún fundamento jurídico enmarcado dentro la Constitución Política del Estado

La SCP 2476/2012, aprueba y deniega la tutela sin ningún fundamento jurídico enmarcado dentro la Constitución Política del Estado. En efecto, en el Fundamento Jurídico III.I, describe que es la acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria; y en el Fundamento Jurídico III.2. Análisis del caso concreto, en los dos primeros párrafos se describen los hechos, que luego de ser despedido el representado del accionante se habría conciliado su reincorporación a su fuente laboral, y pidió su vacación, al regresar ya no le dejaron continuar trabajando; en los párrafos tres y cuatro se señala que existiría una demanda laboral, la misma que estaría en la etapa de presentación de pruebas, y en el último párrafo se indica que conforme al DS 0495 de 1 de mayo de 2010, al haberse activado la jurisdicción laboral, no podía activarse la acción de  amparo constitucional ni sería posible tutelarle.