SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2170/2012
Fecha: 08-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 9 de octubre de 2012, los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia Penal, ahora demandados, llevaron adelante la audiencia de juicio oral del caso denominado “Terrorismo” en la ciudad de Tarija, audiencia en la que el hoy representado, ante su inasistencia fue declarado rebelde emitiéndose en su contra mandamiento de aprehensión, sin considerar que el mismo justificó con documentación relativa a su estado de salud real de discapacidad que le imposibilitaba trasladarse de la ciudad de Santa Cruz donde reside, hasta la ciudad de Tarija, porque realizar dicho traslado supone poner en riesgo su vida, además que conlleva una serie de gastos que tienen que ser erogados por él mismo e incluso se le limitaría el derecho al trabajo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- deniega
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. La carga de la prueba en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR