SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2170/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante en representación sin mandato de Gary Augusto Prado Salmon, señala que se vulneraron sus derechos a la libertad y a la vida de Gary Augusto Prado Salmón, toda vez que los Jueces demandados ante la inconcurrencia del representado a la audiencia de juicio oral del caso denominado “Terrorismo” celebrado el 9 de octubre de 2012, en la ciudad de Tarija, fue declarado rebelde y emitieron orden de aprehensión en su contra, sin considerar que el mismo acreditó con documentación la imposibilidad de trasladarse a dicha ciudad debido a su estado de salud; por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y si en el caso concreto las autoridades públicas demandadas vulneraron los derechos del ahora representado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- deniega
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. La carga de la prueba en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR