SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2190/2012
Fecha: 08-Nov-2012
concediendo
Concluida la audiencia, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías pronunció la Resolución 75/2012 de 10 de octubre, cursante de fs. 82 a 85, concediendo la tutela solicitada, ordenando que el propio Tribunal a través de su Presidente dé cumplimiento a la Resolución 15/2012 de 29 de agosto, disponiendo la cesación de las medidas que mantenía Yola Mamani de Laruta, con los siguientes fundamentos: 1) El Tribunal Segundo de Sentencia emitió la Resolución 15/2012 de 29 de agosto, disponiendo la absolución de Yola Mamani de Laruta y a la cesación de todas las medidas cautelares en su contra, así como está en curso la tramitación de la apelación restringida interpuesta por la acusadora particular; 2) La jurisprudencia constitucional con relación al debido proceso da lugar a esta acción cuando afecta a la libertad, en este caso de la representada del accionante; 3) El Tribunal debió dar cumplimiento a la Sentencia 15/2012; es decir, cesar todas las medidas “que pudiera pesar en contra la absuelta” (sic), sin mayores consideraciones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.1. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. Sobre la sentencia absolutoria y sus efectos
- la cesación de todas las medidas cautelares personales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR