SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2240/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2240/2012

Fecha: 08-Nov-2012

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 103/2012 de 13 de agosto, cursante de fs. 203 a 204 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo en consecuencia que se notifique nuevamente con la Resolución 371/2011 de 24 de marzo, debiéndose cumplir con las normas pertinentes establecidas en la Constitución Política del Estado y la normativa interna de la Policía Boliviana; bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de amparo constitucional, procede contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes; 2) Se ha establecido que efectivamente al accionante se le siguió un proceso disciplinario, que se encuentra plenamente respaldado por la normativa interna de dicha institución y que en particular fue atendido por el Tribunal Superior Permanente de la Policía Boliviana, que en base a las facultades que posee emitió la Resolución 371/2011, por la cual se dispuso su baja definitiva de la institución policial; 3) Respecto a su notificación se establece en forma clara que la misma no habría cumplido con lo exigido por el art. 85 del Código de Procedimiento Penal (CPP) ya que no sólo en la justicia ordinaria, sino también en procesos administrativos existen resoluciones que deben ser notificadas en forma personal; es decir, la forma correcta de realizar las notificaciones se constituye en un extremo plenamente protegido por el ordenamiento jurídico, en particular por la Constitución Política del Estado; y, 4) Se establece en forma clara que la representación que realizó el funcionario encargado de las diligencias, respecto a la referida Resolución no se adecua a lo señalado en el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional.