SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2250/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2250/2012

Fecha: 08-Nov-2012

1)

Los demandados no presentaron informe y por medio de sus abogados en audiencia manifestaron: 1) Este problema tiene una causa y una razón, viene a partir de una denuncia y más tarde una carta elaborada por Rodolfo Garfias Ruiz dirigida al presidente del Tribunal de Honor de la Confederación Nacional de Jubilados y Rentistas de Bolivia, la misma data de 22 de julio de 2011, donde afirma y reconoce que fue nombrado como Relacionador Laboral en el gobierno de facto de Garcia Meza, es así que la misiva que llegó firmada por Rodolfo Garfias Ruiz, ha tenido un hueco en la Resolución del Tribunal de Honor que en su parte resolutiva resolvió, que el Tribunal debe hacer cumplir los estatutos y reglamentos de la Confederación, por tanto, se debió aplicar el capítulo nueve art. 27 que de cumplimiento estrictamente en su extensión y contenido; 2) Dieron lectura a la Resolución 26 del séptimo congreso de la Central Obrera Boliviana (COB), conocido como el congreso de la transición que señaló “el séptimo congreso de la COB Resuelve expulsar de las filas sindicales a todos quienes hubiesen desempeñado las funciones de Relacionadores Laborales al servicio de las dictaduras militares”, que la estructura orgánica de la COB es piramidal, por tanto los estatutos de las confederaciones tienen que adecuarse al mismo, el accionante admitió haber sido Relacionador Laboral del gobierno de facto de Garcia Meza, por lo que el 15 de julio de 2011, se le envió una nota indicándole que fue suspendido mediante Resolución del Tribunal de Honor;   3) La asociación de La Paz, del cual formaba parte el señor Garfias, al tener conocimiento de las determinaciones de la Confederación, sacaron una Resolución para la sucesión estatutaria como indican los mismos estatutos por lo que consideran que no se vulneró el debido proceso por qué no se le abrió ningún proceso, ha sido una decisión basada en la normativa interna del ente matriz como es la COB; y, 4) Mediante nota de 13 de octubre de 2011, la Asociación de La Paz, hace conocer a la Confederación, su desafiliación de la Federación Nacional de Jubilados y Rentistas de Comercio y Ramas Anexas, llama la atención que ahora planteen el recurso de amparo constitucional en contra de la entidad del cual se han desafiliado.