Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2338/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.2.1
Asimismo, en uso de la palabra el abogado copatrocinante refirió que, el número de IANUS del caso es el 20242011 y que esa es la evidencia de que en el momento de la aprehensión no hubo control jurisdiccional, contenido en el art. 279 del Código de Procedimiento Penal (CPP), refirió asimismo, que no se acudió al mecanismo de la cooperación directa para emitir la orden de aprehensión a ser ejecutada por los fiscales de la ciudad de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.
- III.3.Los incidentes de nulidad o actividad procesal defectuosa, son susceptibles de apelación incidental
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR