SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2386/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2386/2012

Fecha: 22-Nov-2012

II.1.

II.1.  Por acta de audiencia pública de 23 de febrero de 2011, se advierte que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, dispuso que de la documentación presentada por el imputado, los fiadores no cumplían con lo establecido en el art. 243 del CPP, ya que si bien demostraron el patrimonio independiente, no justificaron su solvencia, por cuanto acreditaron que tienen deudas contraídas con instituciones financieras y fruto de las mismas es que sus bienes inmuebles se encuentran gravados; toda vez que, se entiende como solvente a una persona que no tiene deudas, por lo que no correspondía aceptar a los referidos fiadores (fs. 11 y vta.).