SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2390/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2390/2012

Fecha: 22-Nov-2012

denegó

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituido en Tribunal de garantías; pronunció la Resolución 45/2011 de 15 de junio, cursante de fs. 24 a 25 vta., por la que denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En el presente caso no se cumplen ninguno de los presupuestos del art. 125 de la CPE, por otro lado, de la valoración del Auto Supremo 354/2010, al que hace referencia el accionante, éste otorga facultades al juzgador para diferenciar y valorar los actos por los cuales el imputado debe ser asistido mediante un poder o debería necesaria e ineludiblemente estar de manera presente; y, 2) En el acto conclusivo, es necesaria la presencia del acusado, toda vez que le posibilita manifestar el acuerdo o desacuerdo con relación a los incidentes o excepciones que deberán plantearse en ese acto procesal.