SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2390/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2390/2012

Fecha: 22-Nov-2012

Fragmento 18

          Ahora bien, y en aplicación a la jurisprudencia mencionada tanto en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3 del presente fallo, dada la naturaleza de la acción de libertad preventiva, en la presente problemática no se evidencia que la conducta de la Jueza demandada, habría implicado una manifiesta y evidente persecución contra el representado del accionante. Esto por cuanto la recomendación mencionada por la Jueza en caso de inasistencia, respecto a expedirse mandamiento de aprehensión, no configura un acto que  constituya una restricción cierta y evidente en contra de la libertad del accionante, pues sólo se trata de una recomendación que no afecta materialmente el derecho a la libertad del representado del accionante, sino más bien es una disposición sujeta a una condición que dependerá de sólo de la conducta que asuma el acusado, ya que de no hacerse presente en audiencia derivará en la emisión de dicho mandamiento, aspecto éste que permite establecer en el caso concreto, la ausencia de los requisitos establecidos cuando se demanda acción de libertad preventiva, ante una supuesta persecución indebida, ya que la amenaza no es cierta y evidente.