SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2405/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
Con relación a la naturaleza jurídica de la acción de libertad la SCP 0528/2012 de 9 de julio, señaló: “El art. 125 de la CPE, establece la acción de libertad como un medio de defensa oportuno y eficaz, cuyo objeto está dirigido a proteger los derechos a la vida, a la libertad física y de locomoción, cuando aquélla a consecuencia de la restricción a la libertad sea puesta en peligro, o en los casos en que la persona se encuentre ilegalmente perseguida, indebidamente procesada o privada de libertad. Respecto a su finalidad, esta acción está destinada a guardar la tutela a la vida, restablecer las formalidades legales, ordenar el cese de la persecución indebida o en su caso restituir el derecho a la libertad.
Esta garantía jurisdiccional no se constituye en un medio alternativo o paralelo de la jurisdicción común, de modo que no tiene la finalidad de suplir las deficiencias e inoperancias de otras instancias que comprometan tales derechos, siendo su objetivo primordial la de brindar una protección inmediata y efectiva al derecho a la vida y a la libertad física y de locomoción, en aquellos casos en que sean ilegal o indebidamente restringidos, suprimidos o amenazados de restricción o supresión debido a las acciones u omisiones de servidores públicos o particulares”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- “revocó”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto