SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2449/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2449/2012

Fecha: 22-Nov-2012

denegó

Por vacación judicial colectiva, la Sala de Turno, de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 33/011 de 8 de julio de 2011, cursante de fs. 50 a 52, denegó  la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El accionante, formuló la acción a partir de la pretensión de que se deje sin efecto la notificación con el señalamiento de la audiencia conclusiva y el Auto que dispone la declaratoria de rebeldía del imputado y consiguientemente el mandamiento de aprehensión, pasando por alto que estos aspectos, no fueron reclamados con oportunidad mediante los recursos que el procedimiento penal establece y que, corresponden a la competencia del juez cautelar, facultado para revisar, reconsiderar o enmendar su decisión, lo cual impide un pronunciamiento sobre el fondo; y, 2) Los mecanismos de la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad, atribuyen a los medios eficaces, la función de ser operados previamente a la acción de libertad, lo cual inhibió la competencia de los Tribunales de garantías.