AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Dic-2012
II.4. Análisis del caso concreto
En el caso que se examina, la problemática planteada se centra en que la -entidad ahora accionada- pretende amurallar la escuela “Víctor Barrientos”, en el que se encuentra el edificio de la Dirección Distrital de Educación, decisión que conforme sostienen los accionantes no cuenta con una ordenanza o resolución que autorice el cambio de uso de suelo urbano de parque público a espacio cerrado semi privado; tampoco, un plan de desarrollo municipal de ordenamiento urbano territorial y menos un plan director aprobado que acredite la existencia de un equipamiento urbano en el que conste el amurallamiento de la escuela “Víctor Barrientos”, vulnerando así el valor a la justicia y que pese a sus reclamos verbales y escritos, el Alcalde referido antes no habría dado curso a los mismos, por lo que interpusieron la presente acción de amparo, siendo rechazada la misma por el Juez de garantías con el fundamento de que los demandantes entraron en una lamentable confusión al señalar que el valor justicia fue invocado como derecho vulnerado; además, que éstos al no agotar las vías para su reclamo incumplieron con el principio de subsidiariedad.