Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0909/2012-CA
Fecha: 21-Dic-2012
a)
Por decreto de 7 de septiembre de 2012, cursante a fs. 3, se corrió en traslado la acción planteada y por memorial de 5 de noviembre del mismo año, cursante a fs. 9 y vta., Amenda Cuevas Ruelas, respondió al mismo bajo los siguientes argumentos: a) La acción de inconstitucionalidad carece de legitimidad en la forma; b) La accionante no goza de potestad legal, consecuentemente, la interposición de la acción es de manifiesta improcedencia; c) La apelación fue resuelta a través de Auto de Vista, que de forma equívoca y dilatoria anuló obrados; y, d) De ninguna manera se vulneró los derechos a la defensa y al debido proceso.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- a) Cuando concurra cosa juzgada constitucional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR