Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0909/2012-CA
Fecha: 21-Dic-2012
cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
Conforme el art. 73.2 del CPCo, la acción de inconstitucionalidad concreta “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas y el subrayado fueron añadidos).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- a) Cuando concurra cosa juzgada constitucional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR