Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2569/2012
Fecha: 21-Dic-2012
denegó
La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 034/2012 de 16 de octubre, cursante de fs. 200 a 202, denegó la acción de amparo constitucional, con el fundamento que: 1) Las normas del DS 23318-A y DS 26237 son aplicables al proceso sumario del caso de autos; 2) Al negarse el recurso de revocatoria por haber sido interpuesto fuera de término, correspondía a la accionante hacer uso del recurso jerárquico; y, 3) Al no cumplirse con el principio de subsidiariedad corresponde su improcedencia
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunalde garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de especialidad de la norma y recurso de revocatoria interpuesto fuera de plazo produce ejecutoria
- III.2.