Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2582/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante se ratificó en la demanda de acción de libertad interpuesta; y en uso de su derecho a la réplica señaló que la fotocopia simple es la que dejaron en la oficina y no tiene cargo de recepción, porque debió ser dejada en el domicilio real de su representado al ser la primera actuación del proceso.