SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2599/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 21 de julio de 2011 a horas 11:30, se tiene que el accionante en representación sin mandato de su madre Bertha Yucra Yucra, interpuso demanda de acción de libertad por “detención indebida”, indicando que habiendo justificado su inasistencia a la audiencia del viernes 15 de julio de 2011, (dentro de la investigación por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, que a denuncia de su hermana, se sigue en su contra) se constituyó en el modulo policial el miércoles 20 de julio de 2011, a horas. 16:30, a efectos de averiguar el nuevo señalamiento de audiencia; lugar donde fue “detenida”, a efectos de la recepción de su declaración informativa. Asimismo señala que desde ese momento se encuentra detenida en celdas de la policía del módulo de el Torno (fs. 15 a 16 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad.
- III.2. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. Del carácter excepcional de la subsidiariedad en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR