SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2607/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 22 de julio de 2011, el Fiscal de Materia ahora demandado, acompañado por la segunda demandada y junto a terceras personas, sin ninguna orden judicial, irrumpió en forma violenta en su domicilio ubicado en la av. 6 de octubre 4223-A, entre las calles Charcas y Beni, ocasión en la que rompió la chapa de seguridad, retiró las dos hojas de su puerta, cerró el ingreso y levantó un muro que impedía cualquier acceso, privando de libertad a su esposa e hijos y sus respectivas familias, lugar en el que el autor permaneció desde las 8:30, hasta las 18:00, situación que provocó un paro cardiaco a su esposa, que fue internada por riesgo de su vida, anotando que le fue comunicado que el citado representante del Ministerio Público, se encontraba en esa fecha en uso de vacaciones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción de libertad
- a)
- denegó
- Fragmento 7
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Inviabilidad de la tutela cuando la acción de libertad es interpuesta después de haber cesado la detención supuestamente ilegal o indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR