Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año y art. 81 de la LTC, resuelve: APROBAR la Resolución 041/2009 de 28 de septiembre, cursante de fs. 26 a 27, pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, promovido por Ursula Beatriz Flores de Andia.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- 1)
- I.4. Solicita complementación y enmienda
- I.5. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- i)
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso
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