AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2012-CA

Fecha: 22-Feb-2012

a)

Corrido en traslado el incidente, el Banco Económico S.A., a través de su representante legal Oscar Jesús Lima Lobo Michelin, mediante memorial presentado el 30 de mayo de 2009 (fs. 76 a 78), solicitó se rechace la solicitud de promover el recurso, conforme a los siguientes argumentos: a) El recurso es improcedente por haber sido interpuesto contra una Resolución judicial; b) El recurso es manifiestamente infundado e ilegal; c) La Sentencia adquirió ejecutoria el 7 de abril de 2007, al no haber opuesto los coactivados las excepciones permitidas por ley; d) La incidentista no tiene participación directa ni indirecta al no ser parte en el proceso; y e) El proceso coactivo ya concluyó con la ejecución de la Sentencia y la adjudicación a favor del Banco.