Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
rechazó
Por Resolución 314/2009 de 3 de junio, que cursa a fs. 79 y vta., Edwin Carvajal Avalos, Juez de Partido Décimo Quinto en lo Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó la solicitud formulada por Soledad Pabón de Sosa, señalando que: 1) La incidentista no es parte en el proceso, es sólo oposicionista; 2) Es un proceso de ejecución coactiva fenecido.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- resolución no judicial
- II.4. Cumplimiento de requisitos
- requisitos esenciales
- II.5. Análisis del caso
- APROBAR