AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2012-CA

Fecha: 27-Feb-2012

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Aseveran los recurrentes que la mencionada Resolución de Conminatoria FJSE-011-RFS/10, fue dictada sin competencia alguna por el Jefe Departamental de Trabajo de La Paz, y por consiguiente debe ser declarada nula, pues esta autoridad carece de facultades para disponer la reincorporación de trabajadores, correspondiendo al juez laboral pronunciarse sobre el particular, de acuerdo a lo previsto por los arts. 27 y 152 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg.), y los arts. 1, 9 y 43 del Código Procesal del Trabajo (CPT), lo que implica que al haber expedido dicha conminatoria, la autoridad recurrida incurrió en usurpación de funciones del juez laboral.