AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2012-CA

Fecha: 27-Feb-2012

sino del artículo único del Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010

En ese entendido, la autoridad recurrida se arrogó jurisdicción y competencia que no emana de la ley, sino del artículo único del Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, al conminar a la empresa “IMCRUZ Comercial S.A.”, que representan, la reincorporación de Santos Helliot Paco Mollo y David Ortiz Vaca, toda vez que, dicho artículo viola flagrantemente el art. 49.II de la Constitución Política del Estado (CPE).