Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 81 de la LTC y 4 de la Ley 040, de 1 de septiembre de 2010, resuelve RECHAZAR el recurso directo de nulidad interpuesto por Fernando Condori Mollo, demandando la nulidad de la Resolución 49/2011, de 19 de mayo, pronunciada por el Tribunal de Sentencia de la localidad de Achacachi del departamento de La Paz.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- “Cuando el número de recusaciones impida la existencia de quórum o se acepte la recusación de uno de sus miembros, el tribunal se completará de acuerdo con lo establecido en las disposiciones orgánicas.”
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3
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