Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución de 1 de diciembre de 2010, cursante de fs. 57 a 59, pronunciada por el Juez de Instrucción Primero en lo Civil de Quillacollo del departamento de Cochabamba, que rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Adela Rosso Burgoa, demandando la inconstitucionalidad del art. 671.II del Código de Procedimiento Civil (CPC) que presuntamente transgrede los arts. 56, 110, 116 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- 23 de noviembre de 2010
- I.2. Respuesta a la solicitud
- I.3. Resolución de la autoridad judicial consultante
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Cumplimiento de requisitos
- no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR