AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2012-CA

Fecha: 06-Mar-2012

Este recurso será promovido

         En el caso en examen, se evidencia que el presente recurso indirecto o incidental por el que se cuestiona la constitucionalidad del art. 518 del CPC; fue presentado por una tercera persona dentro del proceso ejecutivo interpuesto por Lorena Antelo Toro contra Germán Garate Berrios y Susana Monroy de Garate, aspecto que evidencia la falta de legitimación de la incidentista, recordando que las personas legitimadas para formular tal solicitud, sólo son las partes que intervienen en el proceso dentro del que se formula el incidente, tal como prevé la parte in fine del art. 59 de la LTC: “Este recurso será promovido por el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a instancia de parte” (las negrillas son ilustrativas); en consecuencia, en el caso que nos ocupa, las únicas personas legitimadas son Lorena Antelo Toro en su condición de demandante y Germán Garate Berrios junto a Susana Monroy de Garate como demandados.