Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
APROBAR,
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve: APROBAR, la Resolución 35 de 12 de marzo de 2010, pronunciada por el Juez de Partido Primero de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, dentro la solicitud de promover recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Jahel Vaca Vargas.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR,