AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
rechazó
Por RA 001/2010 de 17 de marzo, cursante de fs. 5 a 8, Efraín Ricaldi Sandi, Jefe Distrital del SENASAG de Cochabamba, rechazó la solicitud formulada por Claudio Daniel Vargas Castellón, bajo los siguientes fundamentos: 1) La resolución administrativa, establece funciones específicas en materia de sanidad agropecuaria, en estricto cumplimiento de la Constitución Política del Estado y Tratados Internacionales, con la finalidad de evitar epidemias y plagas o enfermedades que pudieran causar daños irreparables; 2) El incidentista alega, la vulneración de su derecho al trabajo, sin fundamentar, la supuesta contradicción entre el art. 22 de la RA 120/2002 con la norma suprema, para promover el trámite del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad; en consecuencia, no se está frente a la existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de una resolución no judicial; y, 3) El artículo cuestionado, no hace más que cumplir con el objetivo constitucional en materia de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”
- ”...de manera general, el procedimiento es el conjunto de actos realizados ante la autoridad administrativa, por parte del administrado, tendientes a obtener el dictado de un acto administrativo. En cambio el proceso es el conjunto de actos recíprocamente coordinados entre sí, conforme a reglas preestablecidas, que tienen por fin decidir una controversia entre partes (litigio), por una autoridad imparcial e independiente (juez) mediante una decisión o sentencia con fuerza legal (cosa juzgada).”
- APROBAR,