Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0160/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone: APROBAR la Resolución de 27 de abril de 2010, pronunciada por el Juez de Partido Décimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz; en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteado por Rosa Inés Eyzaguirre de Villarroel, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 641.II y 645 del CC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.1.
- II.3.2.
- 3.-
- II.3.3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- APROBAR