AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-CA

Fecha: 06-Mar-2012

II.4.  Análisis del incidente de inconstitucionalidad

En el caso de autos, el Fiscal de Materia, Prudencio Flores Barrancos, emitió imputación formal contra el incidentista, por la presunta comisión de los delitos, contenidos en los arts. 146, 154, y 224 del CP, modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010. Sobre la base de la Resolución 22/2010 de 23 de junio (fs.2 a 6), el Fiscal General del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, pidió a ese Tribunal dictar el respectivo auto motivado disponiendo: “…el RETIRO INDEFINIDO DE LA INSTITUCIÓN POLICIAL del Cnl. DESP. Francisco Cambero Villarroel, en aplicación del Art. 129 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional”, ante tal situación el recurrente solicitó se promueva el presente incidente de inconstitucionalidad contra los arts. 11 inc. g) y 129 de la referida Disposición Legal, al considerar que vulneran sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia, a ser oído previamente, a la impugnación y a los principios constitucionales, además de las garantías mínimas judiciales contenidas en el art. 8 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.