Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución 028/2010 de 12 de marzo, cursante de fs. 45 a 48, pronunciada por la Jueza de Partido Séptima de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Martina Yenny Vaca Justiniano en representación de Aerolíneas Sudamericanas S.A., demandando la inconstitucionalidad del Decreto Ley (DL) 16896 de 25 de julio de 1979 (Código Procesal del Trabajo), por vulnerar supuestamente los arts. 14.I, III, IV y V, 109, 115, 116.II, 122, 162 y 163 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- Fragmento 2
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- 3.-
- La existencia de una duda razonable y fundada
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- II.4. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- APROBAR