AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2012-CA

Fecha: 06-Mar-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2009 cursante de fs. 30 a 33, dentro del proceso coactivo civil instaurado por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Paz (Mutual La Paz) contra Celina Pereyra Molina y Juan Carlos Ibáñez Leytón, la coactivada -hoy incidentista- solicita al Juez de Partido Décimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, promover la acción inconstitucionalidad del art. 19 de la LFNSF, por considerar que vulnera los arts. 14.III, 56.I y II y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE), toda vez, que  al disponer una tercera audiencia de subasta con una rebaja del 50% de la base original, se ocasiona un trato jurídico discriminatorio, ya que el acreedor está facultado a obtener el pago de su crédito con la venta de reducir el precio de la garantía de la obligación, en total desventaja del deudor cuyo patrimonio se verá afectado.