Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone: APROBAR, con otros fundamentos, la Resolución de 13 de noviembre de 2009, pronunciado por el Juez Sumariante de la Fiscalía General; y en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Ross Mary Tapia Guachalla, Jefa Administrativo y Financiero de la Fiscalía de Distrito de Oruro.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- I.3. Resolución de la autoridad judicial
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas administrativas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Constitución Política del Estado.
- II.4. Análisis del caso concreto
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