Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
I.2. Respuesta a la solicitud
Por memorial de 6 de noviembre de 2009, cursante a fs. 4 a 8, María Virginia Leonor Portal López en su calidad de denunciante, solicitó al juez sumariante rechazar la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad por encontrarse manifiestamente infundado e incoherente, y particularmente haciendo un análisis pormenorizado de los componentes vinculados a la fundamentación inconstitucionalidad de los artículos impugnados y la relevancia que pudiesen tener éstos en la decisión final del proceso, requisito indispensable dispuesto expresamente en el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- I.3. Resolución de la autoridad judicial
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas administrativas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Constitución Política del Estado.
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR