AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
I.3. Resolución de la autoridad judicial
Por Resolución de 13 de noviembre de 2009 cursante a fs. 9 a 12, el Juez Sumariante de la Fiscalía General, rechaza la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los artículos 25, 26, 27, 31, 33, 34 y 35 del Reglamento Disciplinario para el Personal Administrativo y Técnico del Ministerio Público.
Asimismo, el juez sumariante manifiesta que el recurso planteado, no cumple con los requisitos formales exigidos en el art. 60 de la LTC, dado que la incidentista enuncia los articulados que considera inconstitucionales, sin desarrollar una fundamentación jurídica que lo demuestre ni sustenta en qué medida afecta su aplicación en la decisión final dentro del proceso disciplinario.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- I.3. Resolución de la autoridad judicial
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas administrativas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Constitución Política del Estado.
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR