Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución de 017/2009 de 3 de abril, cursante de fs. 35 a 38 pronunciado por el Vocal de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura del Distrito de La Paz; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Franklin Arequipa Condori.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- aplicable a aquellos procesos.
- 3.
- I)
- al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final
- con la decisión administrativa disciplinaria
- APROBAR