Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
Fragmento 7
El modelo de control de constitucionalidad adoptado en nuestro orden jurídico abarca tres ámbitos específicos de acción: 1) El control de constitucionalidad sobre las normas; 2) El control sobre el ejercicio del poder; y, 3) El control constitucionalidad tutelar; en ese ámbito, el control de constitucionalidad se desarrolla sobre dos sistemas de control, el preventivo o a priori y el correctivo o a posteriori.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 7
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR,