AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Mediante memorial de 10 de febrero de 2012, cursante de fs. 73 a 79 vta., los accionantes por las entidades que representan, interpusieron acción de inconstitucionalidad concreta, demandando la inconstitucionalidad del art. 10.II de la Ley 212, por considerar que atenta contra los derechos de defensa, a la doble instancia, a la garantía del debido proceso, al principio de gratuidad de la justicia.

Aseveran que, la norma jurídica impugnada establece como requisito de admisión de toda demanda contencioso tributario, el comprobante del pago total del tributo omitido incluyendo intereses, siempre que el mandato determinado sea igual o superior a UFV's15 000.- (quince mil unidades de fomento a la vivienda), dando lugar a su incumplimiento y al rechazo de la demanda. Asimismo, señalan que sus derechos se encuentran lesionados; toda vez que, se ha establecido una limitación al contribuyente de impugnar las decisiones de la administración tributaria a fin de tener acceso a un proceso justo y equitativo, en el que se reconozcan las impugnaciones y actuaciones judiciales o administrativas que afecten estos.