AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

I.2. Respuesta a la acción

Notificado con el traslado del incidente, el Administrador de la Aduana Interior La Paz de la Gerencia Regional de la Aduana Nacional, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta, alegando que los accionantes no observaron el art. 111 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), ya que no cumplieron con el presupuesto de oportunidad exigido; es más, concluye señalando que, de conformidad al art. 5 de la referida Ley, se presume su constitucionalidad, mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional no declare lo contrario de la norma impugnada.