Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
I.2. Respuesta a la acción
Corrido en traslado, mediante decreto de 11 de febrero de 2009, cursante a fs. 19, el Banco Los Andes Procredit S.A., representado por Edwin Edgar Navarro Quispe, por memorial presentado el 17 de marzo de 2009 (fs. 21 a 22), respondió señalando que el proceso ejecutivo se caracteriza por ser abreviado, sumario y dentro del cual, no se admiten cuestiones de previo y especial pronunciamiento.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1.
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso”
- APROBAR