Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Dentro del proceso civil sobre cumplimiento de obligación, seguido a instancia de Sabino Lazarte Caballero contra Luís Lazarte Coca y Florinda Orellana García, éstos últimos, por memorial presentado el 13 de abril de 2009, cursante de fs. 58 a 59, manifestaron que la resolución que declaró probada la demanda y el Auto de Vista que confirmó la misma, son inconstitucionales, pues, vulneran los arts. 19, 109, 110 y 119 de la CPE, por lo que presentaron recurso indirecto incidental de inconstitucionalidad, solicitando se deje sin efecto cualquier mandamiento de embargo emitido en su contra.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- no judicial
- APROBAR