AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

II.4. Análisis del caso

En el caso presente, se advierte que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad fue formulado incumpliendo lo establecido por el art. 60.3 de la LTC, por cuanto, si bien en principio la recurrente mencionó la RM 0566/80, por la cual se aprobó el Reglamento Interno de Personal de AASANA; sin embargo no cumple el requisito referido a la fundamentación de la inconstitucionalidad; es decir, de qué manera resultaba incompatible con los principios, valores o normas consagradas por la Constitución Política del Estado.

Por otro extremo, se emplea como argumento central que el Reglamento  arriba señalado, aprobado por RM 566/80, al no contemplar la figura de la prescripción de faltas y sanciones, es definitivamente inconstitucional, pero la incidentista no expone con solvencia la duda razonable que resulta imprescindible en el recurso, porque no es suficiente afirmar que al haberse omitido incorporar una figura como la prescripción, un cuerpo normativo resulte inconstitucional. La fundamentación de la inconstitucionalidad es elemental, porque el objetivo del control constitucional consiste en depurar la posible contradicción de las leyes, decretos y resoluciones no judiciales en vigencia, con la Constitución Política del Estado, expulsando del ordenamiento jurídico las normas contrarias a ésta Ley , y al tratarse de un recurso que se plantea dentro de un proceso administrativo interno, lo que se busca es que precisamente en la resolución del mismo, no se aplique una disposición legal inconstitucional.

De igual forma se advierte, que el recurso carece de fundamentación respecto a la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión a adoptarse dentro del proceso iniciado contra la recurrente, incumpliendo de esta manera el requisito exigido por el art. 60.3 de la LTC, de modo que la autoridad sumariante procedió correctamente el rechazo de promover el recurso.