Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
Fragmento 8
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución de 28 de abril de 2009, pronunciado por el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial de de la ciudad Cochabamba; y, en consecuencia, RECHAZAR la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Edward Anthony Burke Pommier en representación de Tomasa Aguilar de López.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8