AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
I.1. Antecedentes
En el caso concreto, la recurrente, señala que en la gestión 2011 se le inicio un proceso investigativo disciplinario por la presunta agresión física y verbal a funcionarios públicos; por lo que, mediante memorial presentado el 9 de marzo de 2012, cursante de fs. 105 a 110 vta., interpone demanda de nulidad de todas las actuaciones ya apuntadas en líneas superiores.
Argumenta que, mediante memorándum 0169/11 de 20 de abril de 2011, firmada por Carlos Remberto Flores Cuellar, Director General de Investigación Policial Interna de la Policía Boliviana, se designó de manera irregular y arbitraria a Aldrin Cordero Pacheco como Fiscal Policial de la aludida Unidad de Investigación, autoridad que supuestamente se habría arrogado competencias que son propias del Comandante General de la referida institución castrense y del Ministro de Gobierno, sin considerar la orden de destinos emitida por dicha institución y del art. 24 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana del 4 de abril de 2011, en la que se resalta que dicha autoridad no ha sido designado conforme a procedimiento.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.3. Petitorio
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Alcance del control de constitucionalidad del recurso
- actitud pasiva que demuestra no sólo la extemporánea interposición del recurso con relación a la fecha desde la cual tuvo conocimiento de la presunta falta, sino también, demuestra que la parte recurrente ha consentido y aceptado la competencia que ahora desconoce
- la actitud pasiva del representante
- II.2. El caso en análisis
- Días después
- RECHAZAR